¿La moneda Canton (CC) ya cuenta como «producto digital»? ¿Qué autorizó exactamente esta carta de no acción de la SEC?
La Oficina del Asesor Jurídico Jefe de la División de Finanzas Corporativas de la SEC de Estados Unidos respondió a Canton Coin con una carta de no acción (No-Action Letter) el 3 de noviembre, hora de Estados Unidos. La solicitud se envió el 30 de octubre, así que la respuesta llegó apenas cuatro días después.
Estos son algunos puntos clave de la carta:
1. Clasificación: basándose en las declaraciones del solicitante, esta división de la SEC considera que Canton Coin pertenece a la categoría de «producto digital» descrita en su documento interpretativo.
2. Dos motivos: primero, el valor de CC deriva del funcionamiento programático de la red Canton y de la oferta y la demanda, no de la expectativa de obtener beneficios gracias a los esfuerzos esenciales de gestión de terceros; segundo, la red Canton no tiene una «parte central».
3. Alcance de la autorización: la división no recomienda medidas coercitivas contra supervalidadores, validadores y proveedores de aplicaciones que acuñen CC de forma programática, tal como se describe en la solicitud, sin registrarse conforme al artículo 5 de la Ley de Valores o al artículo 12(g) de la Ley del Mercado de Valores.
4. Exención de responsabilidad: la postura se basa por completo en las declaraciones del solicitante; si cambian los hechos, la conclusión podría cambiar. Solo expresa una postura sobre medidas coercitivas y no constituye una conclusión jurídica.
Dicho sin rodeos: esto no es una «certificación de la SEC», y mucho menos un «pase para ganar dinero seguro». Es una respuesta a nivel del personal y su alcance se limita a las formas de acuñación descritas en la carta.
Si lo ponemos en contexto con las preguntas frecuentes de ayer, queda más claro: el 2 de noviembre, la SEC añadió una respuesta sobre cómo determinar si existe una «parte central» y, al día siguiente, un proyecto consiguió una carta alegando que no la tenía. En adelante, cuando un proyecto diga «nosotros también somos un producto digital», habrá que preguntarle: ¿tienes tu propia carta? ¿Coinciden los hechos?
¿Crees que más tokens de cadenas públicas solicitarán este tipo de carta próximamente?
#SEC #CantonCoin #RegulaciónCripto
La Oficina del Asesor Jurídico Jefe de la División de Finanzas Corporativas de la SEC de Estados Unidos respondió a Canton Coin con una carta de no acción (No-Action Letter) el 3 de noviembre, hora de Estados Unidos. La solicitud se envió el 30 de octubre, así que la respuesta llegó apenas cuatro días después.
Estos son algunos puntos clave de la carta:
1. Clasificación: basándose en las declaraciones del solicitante, esta división de la SEC considera que Canton Coin pertenece a la categoría de «producto digital» descrita en su documento interpretativo.
2. Dos motivos: primero, el valor de CC deriva del funcionamiento programático de la red Canton y de la oferta y la demanda, no de la expectativa de obtener beneficios gracias a los esfuerzos esenciales de gestión de terceros; segundo, la red Canton no tiene una «parte central».
3. Alcance de la autorización: la división no recomienda medidas coercitivas contra supervalidadores, validadores y proveedores de aplicaciones que acuñen CC de forma programática, tal como se describe en la solicitud, sin registrarse conforme al artículo 5 de la Ley de Valores o al artículo 12(g) de la Ley del Mercado de Valores.
4. Exención de responsabilidad: la postura se basa por completo en las declaraciones del solicitante; si cambian los hechos, la conclusión podría cambiar. Solo expresa una postura sobre medidas coercitivas y no constituye una conclusión jurídica.
Dicho sin rodeos: esto no es una «certificación de la SEC», y mucho menos un «pase para ganar dinero seguro». Es una respuesta a nivel del personal y su alcance se limita a las formas de acuñación descritas en la carta.
Si lo ponemos en contexto con las preguntas frecuentes de ayer, queda más claro: el 2 de noviembre, la SEC añadió una respuesta sobre cómo determinar si existe una «parte central» y, al día siguiente, un proyecto consiguió una carta alegando que no la tenía. En adelante, cuando un proyecto diga «nosotros también somos un producto digital», habrá que preguntarle: ¿tienes tu propia carta? ¿Coinciden los hechos?
¿Crees que más tokens de cadenas públicas solicitarán este tipo de carta próximamente?
#SEC #CantonCoin #RegulaciónCripto
