Según supo Wu, el banco central de Brasil publicó la Resolução BCB n.º 588, que revisa las normas vigentes de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, e incluye las transferencias de activos virtuales entre entidades y monederos autocustodiados dentro del alcance de determinados informes de transacciones: a partir del 1 de octubre de 2026, las operaciones de activos virtuales por un importe igual o superior al equivalente de 10.000 dólares estadounidenses, tanto si se envían desde un monedero autocustodiado como si se reciben en uno, quedan sujetas a este requisito. La nueva normativa se centra en las obligaciones de información y no establece una prohibición de transferencias desde monederos autocustodiados ni un límite máximo de importe; además, la resolución en sí no dispone que las múltiples transacciones por importes inferiores a 10.000 dólares deban sumarse automáticamente para su cálculo.
