Estas actualizaciones se dan en un contexto de alta presiรณn sobre los exchanges para implementar los nuevos requisitos.
El Banco Central de Brasil actualizรณ el marco normativo para la industria de activos digitales mediante dos resoluciones
Extendieron a 540 dรญas el plazo para que prestadoras de servicios con criptomonedas hagan ajustes.
El banco aplazรณ a enero de 2027 los reportes sobre transferencias a wallets de autocustodia.
El Banco Central de Brasil oficializรณ una actualizaciรณn de su marco regulatorio al reordenar los plazos administrativos pertenecientes a las entidades que operan en el mercado de activos digitales. La autoridad financiera extendiรณ los tiempos mรกximos para emitir decisiones sobre modificaciones corporativas en el sector.
La medida se formalizรณ mediante la Resoluciรณn BCB Nยบ 594, aprobada el 30 de septiembre de 2026 y divulgada hoy, 2 de octubre. La norma ajusta la evaluaciรณn de actos clasificados como de nivel de riesgo III.
Esta categorรญa incluye de forma explรญcita a las empresas prestadoras de servicios de activos virtuales (PSAV), tรฉrmino regulatorio que contempla a los proveedores dedicados a la intermediaciรณn, custodia o comercializaciรณn de criptomonedas y activos digitales en el paรญs.
Con este cambio, el plazo lรญmite del organismo para resolver solicitudes de cambio de modalidad, transferencia de control societario, fusiones, divisiones de empresas o alteraciones del objeto social pasรณ de 360 a 540 dรญas. Los nuevos lapsos aplican a las solicitudes ingresadas a partir de la vigencia de la norma.
El esquema mantuvo inalterados los tiempos mรกximos para solicitudes de autorizaciรณn inicial de funcionamiento. Para las plataformas en operaciรณn previa al marco regulatorio, el tiempo de evaluaciรณn se conserva en 1.080 dรญas, mientras que las entidades de nueva creaciรณn registran un lรญmite de 720 dรญas.
Este ajuste de plazos institucionales ocurre en un contexto de reorganizaciรณn del mercado local. La exigencia de capitales mรญnimos y el trรกmite de licenciamiento previo al lรญmite fijado para el 30 de octubre de 2026 derivรณ en la reestructuraciรณn de la actividad comercial de plataformas como Digitra, Coinext y Bitso.
En la misma fecha, el regulador aprobรณ la Resoluciรณn BCB Nยบ 591, orientada a las obligaciones de reporte operativo. La disposiciรณn establece que las comunicaciones sobre transferencias destinadas a o procedentes de wallets de autocustodia no se tramitarรกn de forma inmediata, sino de forma acumulada a inicios de 2027.
ยซLas operaciones relativas a transferencias de activos virtuales hacia o desde wallets autocustodiadas de valor igual o superior al equivalente a USD 10.000 (diez mil dรณlares de los Estados Unidos)ยป. La norma concede un rรฉgimen de transiciรณn para consolidar estos registros antes de su envรญo al Consejo de Control de Actividades Financieras (COAF).
La ventana establecida contempla transferencias privadas y ยซoperaciones de cambio con entrega o recepciรณn de moneda extranjera en efectivo de valor igual o superior a USD 10.000ยป. Asimismo, la norma establece que ยซqueda derogada la Resoluciรณn BCB nยบ 588, del 23 de septiembre de 2026ยป, sustituyendo la reglamentaciรณn anterior.
Este aplazamiento resulta especialmente relevante en la actualidad debido a que la derogada Resoluciรณn 588 formaba parte del paquete regulatorio aprobado por el Banco Central de Brasil para elevar la vigilancia sobre los fondos en autocustodia e incrementar la trazabilidad sobre los activos digitales que salen del circuito de plataformas autorizadas, como reportรณ CriptoNoticias.
Al quedar derogada y sustituida por la Resoluciรณn 591, se concede un margen temporal adicional a los proveedores de servicios de activos virtuales para adecuar sus sistemas antes de que comience el envรญo obligatorio de datos sobre transferencias hacia o desde wallets privadas a partir del primer dรญa hรกbil de enero de 2027.
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