Banco Central de Nigeria: publica el «Reglamento para las operaciones con activos virtuales no considerados valores», que fija un capital desembolsado mínimo de 15.000 millones de nairas para los emisores de monedas estables vinculadas a divisas extranjeras y exige verificar el BVN en las operaciones P2P
Según el «Reglamento para las operaciones con activos virtuales no considerados valores en Nigeria» (Regulations for the Operations of Non-Security Virtual Assets in Nigeria, 5 de noviembre de 2026), publicado por el Banco Central de Nigeria (CBN), el CBN regulará los activos virtuales no considerados valores y las monedas estables destinados a pagos, liquidaciones y cambio de divisas, mientras que los activos clasificados como valores seguirán bajo la jurisdicción de la Comisión de Bolsa y Valores (SEC). Las monedas estables vinculadas a divisas extranjeras (Clase 2) deberán ser emitidas por entidades locales autorizadas en Nigeria y contar con un capital desembolsado mínimo de 15.000 millones de nairas (unos 11,16 millones de dólares); los emisores de monedas estables de Clase 1 vinculadas a la naira deberán contar con 10.000 millones de nairas. Las entidades que presten otros servicios relacionados con activos virtuales no considerados valores deberán disponer de un capital mínimo adicional de 1.000 millones de nairas, y quienes ya tengan una licencia de la SEC no podrán contabilizarla dos veces para cumplir los requisitos de capital del CBN. Las operaciones P2P intermediadas por plataformas deberán contar con una aprobación específica del CBN y, antes de liberar o abonar tokens regulados, se deberá comprobar que el nombre del titular de la cuenta bancaria utilizada para enviar o recibir nairas coincide con el número de verificación bancaria (BVN). Se prohíben categorías como las monedas estables algorítmicas y se delimitan las competencias respectivas del CBN y la SEC.