Itaú Unibanco notificó al Banco Central de Brasil el 27 de octubre de 2026 sobre sus operaciones de negociación y custodia de criptomonedas, y se convirtió en el primer banco brasileño del que se informó que completó el proceso formal de notificación conforme al nuevo marco del país. La presentación se realizó tres días antes de la fecha límite de transición del 30 de octubre para las instituciones que ya ofrecían servicios de criptomonedas.

Este hecho representa un hito regulatorio para el mayor prestamista de Brasil, no el lanzamiento de un nuevo producto de criptomonedas. Itaú ofrece negociación de criptomonedas a través de su plataforma de inversión íon desde diciembre de 2023 y brinda servicios de custodia propios, según la página de inversiones del banco.

Itaú presenta una solicitud conforme a la Resolución BCB 520 antes del plazo límite

CoinDesk informó que Itaú presentó su notificación el 27 de octubre, conforme a las nuevas normas brasileñas. Según lo informado, su condición de primera entidad en hacerlo sitúa al banco por delante del plazo establecido para la transición de los proveedores que ya estaban activos.

De acuerdo con la Resolución BCB 520, las instituciones que ya ofrecían servicios relacionados con criptoactivos debían notificar al Banco Central o solicitar autorización antes del 30 de octubre, según su categoría regulatoria. Por lo tanto, la norma estableció distintas vías de cumplimiento, en lugar de un proceso único para todas las empresas del mercado.

La notificación de Itaú es significativa porque incorpora la operación de criptoactivos ya existente de un banco consolidado a la transición formal establecida por el Banco Central. Según la información disponible, no indica una ampliación independiente de los productos disponibles en íon.

La presentación abarca tanto la intermediación como la custodia de criptoactivos

La notificación abarca la intermediación y la custodia de criptoactivos. La Resolución 520 contempla conjuntamente estas actividades dentro de la categoría de intermediación, vinculando el servicio relacionado con las operaciones de compraventa y la función de custodia en el marco que regula a los proveedores de criptoactivos.

Esta clasificación es relevante para Itaú porque el servicio que ha dado a conocer ya combina ambas funciones: los clientes pueden operar con criptoactivos a través de la plataforma de inversión del banco, mientras que la custodia está a cargo del propio Itaú. La resolución del Banco Central establece la categoría regulatoria de esos servicios; la notificación identifica la operación de Itaú dentro del proceso de transición.

El marco está dirigido a la prestación de servicios de intermediación y custodia de criptoactivos, y no simplemente a determinar si una institución tiene exposición a activos digitales. Por consiguiente, para los bancos que ofrecen ambos servicios, el alcance de la presentación regulatoria va más allá de una interfaz de operaciones.

Un hito de cumplimiento para el servicio de criptoactivos de íon, ya existente en Itaú

Itaú lanzó las operaciones con criptoactivos a través de íon en diciembre de 2023. La página actual de inversión en criptoactivos del banco indica que este ofrece custodia propia e identifica a Itaú Unibanco como intermediario de activos virtuales en virtud de la Resolución 520/25, según lo informado por el banco.

Esta cronología distingue la notificación de octubre de un anuncio convencional de entrada al mercado. Itaú ya había puesto a disposición las operaciones con criptoactivos; la medida de octubre formaliza la operación conforme a las normas que entraron en vigor en febrero de 2026.

La presentación también vincula la estructura del producto del banco con la nueva clasificación jurídica. La intermediación y la custodia interna no son servicios independientes añadidos después de la entrada en vigor de las normas, sino los servicios que abarca la notificación descrita en las informaciones y en el marco del Banco Central.

La Resolución 520 habilita el canal bancario para los servicios relacionados con criptoactivos

La Resolución BCB 520 entró en vigor el 2 de febrero de 2026. Según anunció el Banco Central en noviembre de 2025, permite que los bancos, bancos de inversión, bancos múltiples y ciertas sociedades de valores presten servicios de intermediación y custodia de criptoactivos.

La inclusión de esas instituciones financieras reguladas crea un canal definido para los servicios relacionados con criptoactivos prestados por bancos, sujeto a los requisitos aplicables a sus respectivas categorías. Para los operadores existentes, la fecha del 30 de octubre fue el plazo de transición inmediato especificado en la Resolución 520.

La notificación de Itaú, presentada el 27 de octubre, llegó justo antes de ese plazo. Como primer banco brasileño del que se informó que había completado el proceso, ofrece un ejemplo temprano de cómo una oferta bancaria de criptoactivos ya activa se incorpora al nuevo régimen.

Aviso legal: Este artículo se proporciona únicamente con fines informativos. No se ofrece ni pretende servir como asesoramiento jurídico, fiscal, de inversión, financiero ni de ningún otro tipo.