La SEC envió una carta confirmando que Canton Coin es un producto digital y no un valor, y que no necesita registrarse siempre que su valor provenga de operaciones programáticas y de la oferta y la demanda. Esta vez, la SEC hizo algo bien. Por fin distinguió entre «producto digital» y «valor». Esto supone un avance en la aplicación del cumplimiento normativo: la operación programática es la clave.
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