El ejemplo del intercambio de 10.000 dólares lo resume todo: una comisión de 3 dólares y una factura fiscal de 20 dólares. Eso no es un impuesto sobre las ganancias, sino un impuesto por mover tus propios activos. Estoy de acuerdo en que el logro realista es más limitado de lo que sugería el titular: que quede constancia de que el software sin custodia se distingue de los intermediarios importa más que una exención total que nunca iba a llegar. ¿Crees que, al final, el caso judicial será más decisivo que la carta de comentarios?