En un escrito de 26 páginas enviado al **Departamento del Tesoro de EE. UU. (U.S. Treasury)**, la **Blockchain Association** expresó su profunda preocupación por que las ambiguas disposiciones sobre las monedas estables de la Ley GENIUS puedan incluir en el ámbito regulatorio tanto el software de infraestructura de finanzas descentralizadas (DeFi) como a inversores y operadores comunes.

Puntos clave

  • La asociación está de acuerdo con las líneas generales de la política del Departamento del Tesoro, pero sostiene que la definición de «proveedor de servicios de activos digitales» debería ser mucho más limitada.

  • En particular, subrayó que las operaciones habituales con stablecoins en el mercado secundario no deberían, por sí solas, generar responsabilidad penal por emisión ilegal.

  • En cuanto a la cotización de stablecoins extranjeras, propuso que las plataformas, como los exchanges, no tuvieran que asumir una diligencia debida ilimitada por cuenta propia, sino que evaluaran las cotizaciones basándose en listas públicas facilitadas por las autoridades supervisoras.

La Blockchain Association presenta sus comentarios

El lunes pasado, la asociación presentó sus comentarios oficiales al Departamento del Tesoro, coincidiendo con la fecha límite para enviar observaciones a la consulta pública. La consulta concluyó tras recibir un total de 123 comentarios.

La propuesta de reglamento que publicó el Departamento del Tesoro concreta el artículo 3 de la Ley GENIUS, una disposición fundamental que determina quién puede emitir, ofrecer y vender stablecoins de pago en Estados Unidos. La ley se promulgó tras su firma el 18 de julio de 2025 y está previsto que entre en vigor el 18 de enero de 2027.

La Blockchain Association afirmó que respalda el objetivo del Departamento del Tesoro de crear un «ecosistema seguro de stablecoins», respaldadas íntegramente por reservas y emitidas por entidades registradas ante los organismos reguladores. Sin embargo, advirtió que una definición demasiado amplia de «proveedor de servicios de activos digitales» podría incluir también a desarrolladores de software que no tratan con consumidores, validadores y empresas de inversión que solo operan por cuenta propia. Por ello, pidió restringir considerablemente la definición para que se limite a proveedores de servicios orientados a clientes.

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Cuestiones sobre el alcance de la responsabilidad en virtud de la Ley GENIUS

Según la Ley GENIUS, quien «participe deliberadamente» en la emisión ilegal de stablecoins puede enfrentarse a multas de hasta 1 millón de dólares por infracción y a una pena de hasta 5 años de prisión. En sus comentarios y en una explicación aparte, la Blockchain Association sostuvo que las operaciones habituales en el mercado secundario o la provisión de liquidez no deberían considerarse participación en una emisión ilegal.

En su cuenta de X (antes Twitter), la asociación declaró: «Pedimos que se delimite claramente la responsabilidad para garantizar que la norma definitiva refleje fielmente la intención legislativa del Congreso».

La asociación estableció que, para exigir responsabilidad legal,

  • la persona debe tener «conocimiento efectivo» de la ilegalidad de la emisión,

  • y solo debe considerarse responsable si actuó de forma concertada con el emisor y le prestó «ayuda sustancial».

Regulación de las stablecoins emitidas en el extranjero

La asociación expresó especial preocupación por el diseño de la regulación de las stablecoins extranjeras. Señaló que muchos exchanges y protocolos DeFi acceden al mercado sin tener una relación contractual directa con los emisores extranjeros, por lo que no resulta realista imponer a las plataformas obligaciones de diligencia debida exhaustivas y prácticamente indefinidas antes de cotizar esos activos.

En su lugar, propuso que las decisiones de cotización se basaran en listas públicas mantenidas por las autoridades supervisoras de cada país, y que solo se tomaran medidas cuando se supiera que el emisor no podía cumplir claramente las normas.

También pidió eliminar el criterio propuesto por el Departamento del Tesoro de «creer razonablemente» que una persona es residente de Estados Unidos. Esto se debe a que, por la naturaleza de los protocolos sin permisos, a menudo no es posible conocer información sobre la otra parte más allá de la dirección de su monedero en el contrato inteligente.

La asociación también pidió

  • eliminar la prueba amplia y abstracta de «equivalencia funcional»,

  • revisar las estimaciones de los costes que la industria tendría que asumir para cumplir la normativa,

  • y ajustar el calendario para que coincida con la entrada en vigor de otras normas de desarrollo de la Ley GENIUS,
    entre otras medidas.

Los comentarios presentados en octubre dan continuidad a otra carta que la Blockchain Association presentó el 21 de agosto. En aquella ocasión, la asociación expresó su apoyo a la propuesta de cinco organismos federales, entre ellos la Red de Control de Delitos Financieros (Financial Crimes Enforcement Network, FinCEN) y la Junta de la Reserva Federal (Federal Reserve), sobre las normas de identificación de clientes (CIP) para los emisores de stablecoins conforme a la Ley GENIUS.

En aquel momento, la asociación valoró positivamente que la obligación de verificar la identidad de los clientes se limitara a aquellos que mantenían una «relación comercial directa» con el emisor. Algunas autoridades supervisoras, incluida la Reserva Federal, ya han publicado borradores de normas detalladas independientes sobre otras disposiciones de la Ley GENIUS.

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