A partir del 1 de octubre, las instituciones reguladas de Brasil deben informar las transferencias de 10.000 dólares o más hacia o desde billeteras de autocustodia.
No es necesario que haya sospechas. La institución debe presentar el informe ante Coaf a más tardar el siguiente día hábil, incluso si las transferencias son legítimas.
No es necesario que haya sospechas. La institución debe presentar el informe ante Coaf a más tardar el siguiente día hábil, incluso si las transferencias son legítimas.
