Los tokens en staking podrían calificarse directamente como productos digitales. En un documento de preguntas y respuestas, el personal de la SEC deja claro lo siguiente: siempre que los propios activos en staking sean un producto y no un contrato de inversión, los recibos de staking líquido (LST) que se derivan a nivel del protocolo—con su naturaleza de liquidez—también podrían considerarse productos digitales.
Esto no es una simple modificación literal sin importancia. Antes, la gran traba legal que enfrentaban las asignaciones de grandes fondos a Ethereum era si los recibos de staking que generan rendimiento quedarían o no etiquetados bajo el paraguas de valores. En cuanto se abre esa vía, los obstáculos jurídicos para que las instituciones participen en el staking se reducen de forma considerable.
Mientras el atributo de producto de las LST a nivel de protocolo se sostenga, el staking deja de ser una zona de riesgo regulatorio y se convierte en una herramienta de generación de rendimiento on-chain perfectamente justificada. Al quitar esa capa de “candado” regulatorio, la capacidad de Ethereum para soportar grandes capitales en el mercado OTC recién se vuelve realmente efectiva.
#ETH
Esto no es una simple modificación literal sin importancia. Antes, la gran traba legal que enfrentaban las asignaciones de grandes fondos a Ethereum era si los recibos de staking que generan rendimiento quedarían o no etiquetados bajo el paraguas de valores. En cuanto se abre esa vía, los obstáculos jurídicos para que las instituciones participen en el staking se reducen de forma considerable.
Mientras el atributo de producto de las LST a nivel de protocolo se sostenga, el staking deja de ser una zona de riesgo regulatorio y se convierte en una herramienta de generación de rendimiento on-chain perfectamente justificada. Al quitar esa capa de “candado” regulatorio, la capacidad de Ethereum para soportar grandes capitales en el mercado OTC recién se vuelve realmente efectiva.
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