Los funcionarios de la Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos (SEC) publicaron una nueva guía de preguntas y respuestas sobre cómo aplicar las leyes federales de valores a los criptoactivos. El comunicado emitido hoy aborda específicamente las circunstancias que podrían hacer que los tokens de staking líquido, los programas de recompra de tokens, las actividades de desarrollo de protocolos y las actividades de marketing de proyectos cripto «contratos de inversión».

Según los empleados de la División de Financiamiento Corporativo de la SEC, los tokens de recibos de staking, que representan la propiedad de un activo digital, pueden considerarse «instrumentos digitales» bajo ciertas circunstancias. En cuanto a los tokens de staking emitidos por un proveedor de staking líquido basado en un protocolo, pueden clasificarse como «activo digital» si están vinculados a la actividad de programación de un sistema cripto funcional y obtienen su valor de la dinámica de oferta y demanda.

Las directrices también incluyeron una evaluación notable de los programas de recompra de tokens. Los funcionarios de la SEC señalaron que, en un sistema de criptomonedas que ya está en funcionamiento, el anuncio de un programa de recompra de un token no considerado valor no se consideraría por sí mismo «esfuerzos administrativos esenciales» en los que los inversores se basen para sus expectativas de ganancias.

Sin embargo, la situación puede cambiar si el protocolo aún no es funcional. Según funcionarios de la SEC, si el equipo del proyecto presenta el programa de recompra como un mecanismo que genera rendimientos o ganancias para los tenedores de tokens, podría convertirse en uno de los elementos que indican la existencia de un contrato de inversión conforme al test de Howey.

La SEC también explicó que actividades como asegurar, mantener, desarrollar y mejorar un sistema cripto establecido, o entregar dinero y desarrollarlo para reforzar el impacto de la red, generalmente no constituyen «esfuerzos de gobierno esenciales». Asimismo, el marco interpretativo de la SEC, publicado en marzo de 2026, indicó que los criptoactivos podrían no ser valores por sí mismos, pero podrían llegar a formar parte de un contrato de inversión bajo ciertas condiciones de venta y comercialización.

En la sección de actividades de comercialización, se mencionó que el simple hecho de presentar los casos de uso actuales y las características del sistema cripto no se espera que constituya un contrato de inversión. Del mismo modo, describir funciones futuras en términos generales y no vinculantes puede no considerarse una promesa de realizar esfuerzos administrativos esenciales a menos que se les garantice a los inversores la posibilidad de obtener ganancias.

Además, los funcionarios de la SEC también indicaron que, en un sistema cripto no funcional en su totalidad y que carece de un mecanismo de control central, por lo general no se espera que los anuncios posteriores por parte de la fuente del código creen un nuevo contrato de inversión. Esto se debe a que la fuente o cualquier otra parte ya no cuenta con un control suficiente para determinar el éxito o el fracaso del sistema.

Las directrices también abordaron las transacciones del mercado secundario. Se indicó que una plataforma de trading que ofrece un mercado secundario para un criptoactivo no se considerará automáticamente «promotor» solo por ese motivo; más bien, la plataforma debe cumplir con la definición de promotor conforme a la Regla 405 de la Ley de Valores.

El nuevo anuncio de la SEC proporciona un marco más detallado para algunas áreas de controversia de larga data en la industria, especialmente en cuanto a cómo evaluar el staking líquido, los programas de recompra de tokens y el trabajo de desarrollo continuo en protocolos descentralizados bajo la Ley de Valores.

*Esto no es asesoramiento de inversión.@Binance Square Official

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