🚨 La División de Finanzas Corporativas de la SEC emitió una guía sobre cómo las leyes federales de valores se aplican a los criptoactivos y a las transacciones relacionadas.

Según la Preguntas Frecuentes publicadas el 25 de mayo, una vez que un sistema cripto tiene funcionalidad suficiente, el soporte continuo de los desarrolladores para la seguridad, el mantenimiento o el crecimiento de usuarios no lo clasifica automáticamente como un contrato de inversión.

La guía aborda la pignoración de tokens de recibo, sugiriendo que podrían clasificarse como herramientas digitales (que prueban la titularidad) o como bienes digitales (cuando los emiten proveedores de liquidez basados en protocolos) en lugar de valores, siempre que el activo subyacente no sea en sí mismo un valor.

Con respecto a los programas de recompra, la SEC señala que, por lo general, no constituyen contratos de inversión para sistemas de cripto totalmente funcionales.

Sin embargo, si una recompra se promueve como un mecanismo generador de ganancias antes de que el sistema alcance la plena funcionalidad, la clasificación podría cambiar.

Es crucial comprender que esta FAQ representa las opiniones de los miembros del personal de la SEC, y no reglas o regulaciones formales de la Comisión, y no tiene autoridad legal vinculante.

La SEC indicó explícitamente que esta orientación no crea nuevas obligaciones legales ni modifica requisitos existentes.

Fuente: https://coinness.com/news/1169894