La declaración de criptomonedas en Brasil implica dos obligaciones principales: la declaración anual de Impuesto de Renta (IRPF) en la ficha de Bienes y Derechos y, para operaciones que superen ciertos límites, el pago mensual del impuesto mediante DARF y el informe mensual de movimientos a la Receita Federal.
1. Declaración Anual (IRPF)
Debe declarar sus criptoactivos en la Declaración de Impuesto de Renta Persona Física (DIRPF) si:
El valor de adquisición total de sus criptoactivos es igual o superior a R$ 5.000 el 31 de diciembre del año calendario (por ejemplo, el 31/12/2024, para la declaración de 2025).
Usted se encuentra sujeto a cualquier otra regla general de obligatoriedad de presentación de la DIRPF (como ingresos gravables por encima de un determinado valor).
Cómo declarar:
En la ficha "Bienes y Derechos", seleccione el Grupo 08 - Criptoactivos.
Elija el código correspondiente al tipo de activo (por ejemplo: 01 para Bitcoin, 02 para Ethereum, 03 para otras altcoins, 10 para NFTs, etc.).
En el campo "Discriminación", indique detalles como el tipo y cantidad del activo, el nombre y el CNPJ de la exchange (corredora) donde se encuentran custodiados, o si la custodia es propia (billetera física/digital), y el valor de adquisición (costo promedio en reales).
Indique el valor de adquisición en reales en la fecha de compra.
2. Cálculo y Pago de Impuesto (DARF)
El impuesto sobre la ganancia (ganancia de capital) por la venta de criptoactivos no se paga en la declaración anual, sino mensualmente, si corresponde.
Exención: Las ganancias de capital por la venta de criptoactivos están exentas de impuesto si el valor total de las ventas (alienaciones) de todos sus criptoactivos en el mes es inferior a R$ 35.000.
Tributación: Si el valor total de las ventas en el mes supera los R$ 35.000, la ganancia (ganancia de capital) está sujeta a impuestos.
Pago: El impuesto debe calcularse utilizando el Programa de Ganancias de Capital (GCAP) de la Receita Federal y pagarse mediante un Documento de Arrecadación de Recursos Federales (DARF) con el código de receita 4600, hasta el último día hábil del mes siguiente a la venta.
Las alícuotas de impuesto varían entre el 15% y el 22,5%, dependiendo del monto de la ganancia:
15% sobre la parte de las ganancias que no supere los R$ 5 millones.
Alícuotas progresivas para montos mayores.
3. Informe Mensual de Operaciones (IN 1888 y DeCripto)
La Receita Federal tiene conocimiento de las operaciones realizadas en exchanges (corredoras) brasileñas, ya que estas están obligadas a informar automáticamente las movimientos de sus clientes a través de la Instrucción Normativa (IN) 1.888.
Para operaciones realizadas en exchanges extranjeras o negociaciones directas (P2P), el propio inversionista persona física es responsable de informar las movimientos mensuales si el valor total de las operaciones (compra, venta, permuta, etc.) supera los R$ 30.000 en el mes, utilizando el sistema Coleta Mensal en el Portal e-CAC de la Receita Federal.
Nuevas reglas (Declaración de Operaciones con Criptoactivos - DeCripto, IN 2291/2025) están siendo implementadas para alinear al Brasil con los estándares internacionales de la OCDE, lo que aumentará el nivel de detalle exigido en el futuro.
Es fundamental mantener registros detallados de todas las operaciones (fecha, valor, cantidad, costo de adquisición, exchanges utilizadas) para garantizar el cumplimiento con la Receita Federal y evitar multas.
