Principales conclusiones

  • Binance está lanzando una nueva serie de blogs para ayudar a los usuarios de criptomonedas a mantenerse al tanto de las políticas y requisitos fiscales relacionados con los activos digitales en todo el mundo.

  • El primer número de la serie cubre las actualizaciones de Europa y la Comunidad de Estados Independientes (CEI) durante el primer trimestre de 2023.

  • Conozca qué jurisdicciones europeas introdujeron nuevos impuestos sobre los ingresos criptográficos en los últimos meses y cómo piensan los diferentes reguladores de la UE sobre las cuestiones de impuestos a las NFT, ¡todo en la primera entrega de Binance Tax Watch!

No importa dónde se encuentre, es importante saber qué leyes fiscales se aplican a usted como usuario de criptomonedas. Cumplir las normas no sólo es bueno para usted, sino que también ayuda a que la industria Web3 en general prospere. Sin embargo, las reglas de los impuestos a las criptomonedas evolucionan más rápido que nunca y puede requerir un esfuerzo significativo mantenerse al tanto de los desarrollos relevantes. Para ayudarlo a navegar por el campo esencial de la legislación tributaria en relación con los activos digitales, estamos lanzando una nueva serie de blogs impulsada por el equipo experto en política tributaria de Binance.

En el primer artículo de la serie, analizamos nuevas leyes, propuestas y consultas de toda Europa publicadas entre enero y abril de 2023.

Italia: Nuevas normas fiscales para la venta de criptomonedas; ingresos de la minería y emisión de tokens de servicios públicos fuera del alcance del IVA

En enero de 2023, Italia introdujo un impuesto sobre las ganancias obtenidas por la enajenación de criptoactivos (Ley 197/2022). Según la nueva ley, que se aplica a cualquier individuo con ganancias criptográficas que superen los 2.000 euros en un año fiscal, estas ganancias se tratan como "ingresos diversos" (redditi diversi) y están sujetas a un impuesto sustitutorio del 26%.

La ley también dio a los contribuyentes calificados la opción de “incrementar” el valor de los criptoactivos mantenidos el 1 de enero de 2023 y pagar impuestos a una tasa reducida del 14% sobre el monto incrementado, ya sea en una sola cuota (pagadera antes de junio). 30 de 2023) o en hasta tres cuotas anuales a partir del 30 de junio de 2023, con intereses pagaderos al 3% en cuotas posteriores.

En otras noticias, las autoridades fiscales italianas han confirmado (aquí y aquí, en italiano) que la extracción de criptomonedas queda fuera del alcance del impuesto al valor agregado (IVA). Los mineros no califican como sujetos pasivos en relación con el servicio que prestan a la red y no tienen derecho a deducir el IVA soportado por compras relacionadas.

Además, las autoridades fiscales italianas han publicado una aclaración de que los tokens de utilidad emitidos en una oferta inicial de monedas (ICO) están fuera del alcance del impuesto al valor agregado (IVA).

Portugal: nuevos impuestos personales sobre los ingresos criptográficos

En su Presupuesto Estatal de 2023 (en vigor desde el 1 de enero de 2023), Portugal aclaró las normas tributarias para los ingresos y las ganancias de capital derivadas de las criptomonedas. La nueva legislación define los criptoactivos a efectos de impuestos personales como “cualquier representación digital de valor o derechos que pueda transferirse o almacenarse electrónicamente utilizando tecnología de contabilidad distribuida o similar”, pero excluye expresamente los activos no fungibles.

El nuevo régimen cubre los ingresos o ganancias de capital provenientes del comercio, la participación, la minería, la validación, los salarios u otros pagos realizados en criptomonedas, y la emisión de cualquier token que cumpla con la definición anterior de criptoactivos.

Las ganancias generadas por la enajenación de criptoactivos se tratarán como ganancias de capital, sujetas a una tasa impositiva fija del 28%, a menos que los activos se hayan mantenido durante más de 365 días, en cuyo caso puede estar disponible una exención. La exención no se aplica a los activos digitales clasificados como valores.

Bulgaria: impuesto propuesto sobre transacciones criptográficas

El Ministerio de Finanzas de Bulgaria llevó a cabo una consulta pública sobre las enmiendas propuestas a la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Ley PIT), incluida la introducción de normas explícitas para la tributación de los ingresos procedentes de criptomonedas.

La propuesta clave es definir los ingresos imponibles por la venta o el intercambio de monedas virtuales como la suma de las ganancias obtenidas durante el año, menos cualquier pérdida obtenida durante el año. Bulgaria grava los ingresos personales a una tasa fija del 10%.

Rumania: Claridad sobre el tratamiento fiscal de los ingresos procedentes de NFT y el comercio de criptomonedas

El 9 de febrero, la autoridad tributaria de Rumania publicó una guía relacionada con el tratamiento fiscal de los ingresos provenientes de NFT y el comercio de criptomonedas.

Las ganancias obtenidas por los creadores de NFT se consideran ingresos procedentes de derechos de propiedad intelectual (PI). Los ingresos procedentes del comercio de criptoactivos están sujetos a impuestos al 10% como “otros ingresos”, con una exención para ganancias inferiores a RON 200 (alrededor de 44 dólares) por transacción, si la ganancia total en un año financiero no supera los RON 600 (alrededor de 44 dólares) por transacción.

España: Obligaciones de información criptográfica para las empresas

El 4 de abril, el Boletín Oficial de España publicó el texto de la legislación que regula los requisitos de presentación de informes para los intercambios de cifrado y partes relacionadas que operan en España.

El artículo 39 establece que las entidades residentes en España o los establecimientos permanentes de entidades extranjeras que presten servicios de criptointercambio o una gama amplia de servicios conexos estarán obligadas a presentar una declaración informativa anual sobre las operaciones que procesen o faciliten.

Los detalles sobre el formato de la declaración anual se publicarán próximamente. La información a presentar incluye datos personales de las personas o entidades a las que corresponden las monedas virtuales en cualquier momento del año, ya sea como titulares, autorizados o beneficiarios, junto con el saldo de divisas al 31 de diciembre del año de que se trate. (en EUR) e información relacionada con la adquisición, transmisión, intercambio y transferencia de cualquier moneda virtual.

Alemania: el tribunal dictamina que las ganancias de capital por la venta de criptomonedas están sujetas a impuestos

En una decisión del 14 de febrero de 2023, el Tribunal Fiscal Federal de Alemania (Bundesfinanzhof) dictaminó que las ganancias de capital procedentes de la venta de criptomonedas constituyen ingresos sujetos a impuestos.

El caso se refería a una pareja de residentes alemanes que había impugnado la tributación de 3,4 millones de euros derivados de la venta de varias criptomonedas en 2017. Las ganancias de capital obtenidas por un residente alemán a partir de transacciones privadas actualmente están sujetas a impuestos si las ganancias totales son de al menos 600 euros durante el año fiscal y surgen de la enajenación de bienes muebles (excluidos acciones y bonos) dentro del año siguiente a la fecha de adquisición.

La cuestión era si la criptomoneda constituye un bien mueble, por lo que las ganancias de capital derivadas de su venta constituirían ingresos imponibles. El Tribunal adoptó una interpretación amplia del término “bienes muebles” que incluía la criptomoneda en su alcance y, por lo tanto, sostuvo que las ganancias de capital derivadas de la venta de activos digitales dentro de un año después de la compra constituyen ingresos sujetos a impuestos. Esta regla también se aplica al intercambio de criptomonedas.

Dinamarca: consulta pública sobre las obligaciones de presentación de informes sobre criptomonedas

El 26 de enero, el Ministerio de Impuestos de Dinamarca abrió una consulta pública sobre la implementación de DAC8 en la legislación del país. DAC8 es una extensión propuesta de la Directiva de la UE sobre Cooperación Administrativa (DAC) a los criptoactivos y el dinero electrónico.

Una próxima ley de la UE, la directiva propuesta (DAC8), establece que los proveedores de servicios de criptoactivos y los intermediarios de transacciones relacionadas con dichos activos deben recopilar y reportar información sobre sus clientes a las autoridades fiscales, que posteriormente intercambiarán esta información con otros estados miembros de la UE. .

Bielorrusia: amplia exención del impuesto a las criptomonedas

El 30 de marzo, el gobierno de Bielorrusia emitió el Edicto Presidencial N.80, que proporciona exención de impuestos para los ingresos derivados de criptomonedas a partir del 1 de enero de 2023 al 1 de enero de 2025.

Las disposiciones eximen a las personas del impuesto sobre la renta personal sobre el comercio de criptomonedas y las ganancias de inversiones, así como los ingresos de las actividades mineras y de participación. Estas disposiciones también se extienden a los intercambios de cifrado, proporcionando exención del impuesto sobre la renta empresarial y del IVA.

Kazajstán: nuevas normas fiscales para los activos digitales

El 13 de enero, el Comité de Ingresos Estatales del Ministerio de Finanzas de Kazajstán anunció que, a partir del 1 de enero de 2023, las ganancias de capital derivadas de la venta de activos digitales están sujetas al impuesto sobre la renta individual.

Además, a partir del 1 de abril de 2023, entrarán en vigor nuevas disposiciones del Código Tributario relativas a la tributación de los ingresos obtenidos por los mineros digitales, los pools de minería digital y el intercambio de activos digitales.

Los gastos asociados con la adquisición de activos digitales vendidos fuera de los intercambios registrados en el Centro Financiero Internacional de Astana (AIFC) no son deducibles de impuestos. Los gastos por los servicios prestados por un pool de minería digital tampoco son deducibles de impuestos.

Estén atentos a la segunda parte de nuestra revisión fiscal global del primer trimestre, que cubrirá desarrollos relevantes en Asia-Pacífico y América.

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