R$ 35 MIL EM CRIPTO:
COMPRA NO CUENTA.
VENTA E INTERCAMBIO, SÍ.

Esa fue una de mis principales dudas:

Si yo COMPRO cripto todos los meses, ¿estas compras entran en el límite de R$ 35 mil?

NO ENTRAN. ¡NO ENTRAN!!!

Comprar cripto para acumular no entra en ese límite de impuesto, porque la compra no representa la realización de una ganancia.

El cuidado empieza cuando hay enajenación, como:

* venta de cripto;
* intercambio de una moneda por otra;
* conversión a stablecoin;
* uso de la cripto como pago.

Para saber si se superó el límite, es necesario sumar todas las enajenaciones realizadas en el mes.

No importa si fueron varias ventas pequeñas.

Tampoco importa si eran monedas diferentes.

Si yo vendo Bitcoin, cambio XRP por USDT y vendo otra altcoin en el mismo mes, necesito observar el valor total de TODAS esas operaciones SUMADAS.

Si el total enajenado en el mes queda dentro de R$ 35 mil, en regla general, la ganancia está exenta de impuesto.

Si supera ese límite, será necesario calcular si hubo ganancia y, si la hubo, podría existir impuesto a pagar. BUROCRACIA BASTANTE COMPLEJA.

Otro punto importante:

Tener más de R$ 35 mil acumulados en cripto no significa que hayas superado el límite.

Saldo acumulado es PATRIMONIO.

El límite mira lo que fue VENDIDO, INTERCAMBIADO o ENAJENADO durante el mes.

Para quien invierte como yo, comprando poco a poco/fraccionado y vendiendo DENTRO del límite mensual, la regla se vuelve bastante simple.

Sin embargo, incluso por debajo del límite, sigo considerando importante guardar los extractos y declarar correctamente el patrimonio en el Impuesto sobre la Renta anual.

La serie continúa, porque aún hay otros puntos simples, pero importantes, que necesitan entenderse sin convertir todo en más complicación.