Anteriormente, Hacienda ya recibía datos de la banca tradicional a través de aplicaciones
La noticia, ampliamente difundida por los medios de comunicación a principios de año, provocó cierto pánico entre los inversores en criptomonedas y mucha especulación, pero la medida sólo se refiere a cantidades transferidas superiores a 5.000 reales por PIX. Por lo tanto, se supone que las cantidades menores enviadas o recibidas hacia/desde divisas no se incluirán en el informe y no tendrán un impacto en los pequeños inversores. Vayamos al artículo de CNN Brasil:
La Hacienda Federal amplió la obligación de enviar información y ahora recibirá datos de operadores de tarjetas de crédito e instituciones de pago (IP). La norma se anunció en septiembre y entró en vigor en enero de 2025.
Las instituciones financieras son empresas que permiten el movimiento de recursos, compra y venta, pero que no ofrecen financiamiento y préstamos a los consumidores, como los grandes minoristas, los bancos virtuales y las billeteras digitales.
Anteriormente, la Agencia Tributaria ya recibía estos datos de la banca tradicional a través de aplicaciones financieras, transacciones en Pix, seguros, pensiones e inversiones en acciones.
La Hacienda informó que “las medidas tienen como objetivo mejorar el control y supervisión de las operaciones financieras, garantizando una mayor recopilación de datos. Además, refuerzan los compromisos internacionales de Brasil en el ámbito del Estándar Común de Declaración (CRS), contribuyendo a la lucha contra la evasión fiscal y promoviendo la transparencia en las operaciones financieras globales”.
¿Cómo funcionará?
Según la Autoridad Tributaria, la información se transmitirá cada seis meses, a través de un comunicado que se emitirá en la plataforma e-Financeira, que forma parte del Sistema de Contabilidad Pública Digital (Sped), sector del gobierno federal que busca estandarizar e integrar la información de las organizaciones relacionada con la gestión financiera y contable.
En consecuencia, los datos sólo serán enviados cuando el valor total transferido, para cada tipo de operación financiera, como Pix, pago o inversión, supere R$ 5.000, para personas físicas, y R$ 15.000, para empresas.
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