Un detalle en la documentación de Dusk casi se me pasó por alto. La redacción me pareció ligeramente extraña, así que volví atrás, y se convirtió en aquello en lo que seguí pensando.

Había estado tratando la «emisión nativa» como la respuesta de Dusk a la tokenización, punto. La tokenización significa emitir un token que representa un activo mientras el activo en sí, a menudo, sigue viviendo en un registro tradicional. La emisión nativa significa que el activo se crea y se gestiona directamente en la cadena; por lo tanto, la emisión, el servicio y la liquidación ocurren alrededor del libro mayor en vez de apuntar hacia atrás, a alguna infraestructura off chain.

Lo que no encajaba era un calificador en la tabla de comparación. La «reducción de la custodia» «depende de la estructura legal». No será. Depende de.

Ahí fue donde la historia sencilla se volvió menos sencilla para mí. Si la reducción de la custodia depende de la estructura legal, la emisión nativa no es un interruptor que Dusk active para cada activo mediante NPEX, el exchange con el que se asocia para una emisión regulada. Depende de cómo esté estructurado legalmente cada activo antes de que toque la cadena.

Revisé la pila, y encaja. DuskEVM se encarga de flujos de trabajo de estilo tokenización. DuskDS es donde realmente vive la emisión nativa, con una finalidad determinista. Dusk ejecuta ambos en paralelo, y eso solo tiene sentido si la elección se hace activo por activo.

Así que la pregunta real no es si Dusk admite la emisión nativa. Es cuántos activos de NPEX pueden cumplir el requisito legal para todo el ciclo de vida on chain, frente a cuántos se quedan como un envoltorio tokenizado sobre una estructura off chain que no cambia.

No creo que eso esté contestado públicamente, y tendría cuidado al asumir el resultado más ambicioso solo porque la tecnología lo permite.

Lo que vigilaría es si Dusk o NPEX divulgan esa división. Hasta entonces, el número más interesante no es cuánto valor se mueve a través de Dusk, sino cuánto llegó a ser elegible para emitirse de forma nativa.

Si la reducción de la custodia es condicional en función de la estructura legal en lugar de estar garantizada por el protocolo, ¿cuánta actividad de RWA «en cadena» sigue rigiéndose por las mismas reglas off chain que se suponía que debía reemplazar?

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