El Banco Central de Nigeria ha publicado una normativa que exige a los emisores de monedas estables denominadas en moneda extranjera registrarse en Nigeria y obtener la licencia de emisión correspondiente. Estas monedas estables deben recibir la aprobación del banco central antes de ofrecerse a los usuarios locales; una licencia extranjera no sustituye la autorización local. Los emisores deben mantener reservas suficientes en una proporción de 1:1 y aportar además un exceso de garantía del 2%, y garantizar que los titulares puedan canjearlas a su valor nominal el siguiente día hábil. La normativa prohíbe a los emisores pagar intereses o rendimientos, así como las monedas estables algorítmicas y las monedas estables vinculadas a monedas fiduciarias cuyo respaldo consista principalmente en criptoactivos. Los operadores actuales deben registrarse en un plazo de 30 días desde la entrada en vigor de la normativa y solicitar una licencia en un plazo de 180 días.
