El 5 de octubre, la Comisión de Negociación de Futuros de Productos Básicos (CFTC) publicó un aviso anticipado de propuesta de reglamentación sobre un marco regulatorio para las transacciones minoristas de criptomonedas contempladas en la Sección 2(c)(2)(D) de la Ley de Intercambio de Productos Básicos. La medida inicia un proceso de consulta pública, en lugar de imponer nuevos requisitos definitivos, pero somete formalmente a consideración un posible marco federal para las operaciones minoristas apalancadas con criptomonedas.
La CFTC abre un ANPRM sobre transacciones minoristas de criptomonedas apalancadas
La CFTC dijo que su aviso solicita comentarios del público sobre las transacciones minoristas de criptomonedas regidas por la disposición citada de la Ley de Intercambio de Productos Básicos. Según The Block, el procedimiento aborda transacciones que implican apalancamiento, margen o financiación.
Ese enfoque importa porque el aviso está dirigido a un tipo particular de actividad minorista: el trading de criptoactivos realizado con apalancamiento, margen o financiación. La agencia aún no ha establecido los estándares que se aplicarían a esas transacciones ni a los lugares que pudieran buscar ofrecerlas bajo cualquier marco eventual.
La designación de “mercado de criptoactivos” podría crear una vía de intercambio adaptada
Entre las opciones que se están considerando se encuentra la codificación de una nueva subcategoría designada de mercado de contratos, denominada “mercado de criptoactivos”. La CFTC describió la categoría propuesta como creada a medida para las transacciones minoristas de criptoactivos.
Una nueva subcategoría podría proporcionar una vía de registro federal adaptada para los intercambios que ofrecen productos minoristas de cripto con apalancamiento, margen o financiación. Eso sigue siendo una propuesta sujeta a comentarios, no un estado de registro disponible ni un cambio normativo completado.
La distinción es central para la acción de la agencia. Un aviso anticipado es un instrumento de elaboración de normas en una etapa temprana mediante el cual los reguladores solicitan opiniones antes de decidir si y cómo proponer requisitos vinculantes. El anuncio de la CFTC no establece que cada plataforma de trading de criptoactivos, o cada producto minorista de criptoactivos, quedaría incluida en una categoría futura.
La agencia está solicitando comentarios, no imponiendo reglas finales
La CFTC dijo que los comentarios deben presentarse dentro de los 60 días posteriores a la publicación del ANPRM en el Registro Federal. Su anuncio del 5 de octubre no especificó una fecha límite del calendario porque el plazo de comentarios está vinculado a esa publicación.
Por ahora, el siguiente paso concreto es la publicación en el Registro Federal y el período de comentarios que sigue. Luego, la comisión tendrá aportes públicos sobre el enfoque propuesto antes de que puedan establecerse reglas finales.
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