SEC acaba de abrir una nueva puerta para Wall Street: los asesores de inversión después podrán custodiar por sí mismos los activos cripto de sus clientes 🔑
El 1 de octubre, la SEC de EE. UU. publicó una propuesta de normas de custodia de criptoactivos, que abarca a los asesores de inversión registrados y a los fondos regulados. Dos puntos clave:
Primero: custodia propia con condiciones. Los asesores deben contar con experiencia en custodia y con controles internos; se aplica principalmente a activos que aún no cuentan con el respaldo de custodios de terceros calificados, como nuevas monedas que acaban de salir al mercado.
Segundo: las empresas fiduciarias estatales pueden asumir formalmente el rol de custodios.
La comisionada Uyeda también reconoce que cuando el asesor custodia los activos del cliente por su cuenta existe un “conflicto de intereses inherente”; aun así, se aplican las responsabilidades fiduciarias.
Tras la publicación de la propuesta habrá un periodo de 60 días para recoger comentarios; todavía no es una norma final.
Mi opinión: al bajar el umbral, más instituciones pueden acceder a una vía regulatoria, pero el problema de “quién tiene la llave” en el mundo cripto ya se ha enseñado una y otra vez con sucesivos colapsos.
Si tu asesor financiero te ayuda a configurar activos cripto, ¿confiarías más en que los custodie él mismo, o prefieres que lo haga un custodio de terceros, e incluso que tú tengas la clave privada?👇
Fuente: CoinDesk, The Block
#SEC #加密监管 $BTC
#BinanceSquare
⚠️ Lo anterior es una recopilación de información y opiniones personales, no constituye asesoramiento de inversión; DYOR.
El 1 de octubre, la SEC de EE. UU. publicó una propuesta de normas de custodia de criptoactivos, que abarca a los asesores de inversión registrados y a los fondos regulados. Dos puntos clave:
Primero: custodia propia con condiciones. Los asesores deben contar con experiencia en custodia y con controles internos; se aplica principalmente a activos que aún no cuentan con el respaldo de custodios de terceros calificados, como nuevas monedas que acaban de salir al mercado.
Segundo: las empresas fiduciarias estatales pueden asumir formalmente el rol de custodios.
La comisionada Uyeda también reconoce que cuando el asesor custodia los activos del cliente por su cuenta existe un “conflicto de intereses inherente”; aun así, se aplican las responsabilidades fiduciarias.
Tras la publicación de la propuesta habrá un periodo de 60 días para recoger comentarios; todavía no es una norma final.
Mi opinión: al bajar el umbral, más instituciones pueden acceder a una vía regulatoria, pero el problema de “quién tiene la llave” en el mundo cripto ya se ha enseñado una y otra vez con sucesivos colapsos.
Si tu asesor financiero te ayuda a configurar activos cripto, ¿confiarías más en que los custodie él mismo, o prefieres que lo haga un custodio de terceros, e incluso que tú tengas la clave privada?👇
Fuente: CoinDesk, The Block
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⚠️ Lo anterior es una recopilación de información y opiniones personales, no constituye asesoramiento de inversión; DYOR.